Una de gente compartiendo sus talentos inútiles.

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[…] El procedimiento tiene su origen en una demanda interpuesta contra el trabajador de la citada empresa, un auxiliar de fábrica con un salario mensual de 1.344 euros. En mayo de 2023, la empresa le notificó una carta de despido por ofensas verbales.

Días antes, tuvo lugar una reunión entre la empresa y los trabajadores para dar cierta información por el departamento de calidad, estando esperando a que viniera la totalidad de la plantilla. Sobre las 15 horas, el demandante manifestó que se marchaba porque acababa su jornada laboral.

En ese momento, la administradora le advirtió que si se marchaba podía ser sancionado por desobediencia, teniendo en cuenta que había disfrutado de 15 minutos de descanso, contestándole el actor: «A ver si te atreves, giIipoIIas», y se marchó en este momento dando un portazo. […]

[…] «aunque cuando la contestación del actor y las formas empleadas al dirigirse a la administradora fueron destempladas, desabridas y malsonantes, no tienen la gravedad y el componente de culpabilidad necesario como para justificar su despido, lo que conduce a desestimar el recurso y confirmar la sentencia recurrida que no ha infringido la normativa y jurisprudencia denunciada». […]

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